La Ley de Seguridad Vial y sus Reglamentos establecen los requisitos y el procedimiento que deben seguirse para la presentación de denuncias voluntarias por parte de personas que presencien actos de tráfico irregulares. La presentación de la denuncia es anónima y gratuita.
Para poder presentar una denuncia, el denunciante debe:
Para presentar la denuncia, el denunciante deberá acudir a la oficina de Tráfico más cercana a su domicilio, acompañado de su documento nacional de identidad o pasaporte, y solicitar la correspondiente denuncia. En dicha denuncia se recogerán los datos identificativos del denunciante y del denunciado, así como la descripción del acto de tráfico denunciado.
Una vez presentada la denuncia, el denunciante deberá comparecer ante el Juzgado de Guardia o de Instrucción correspondiente, para prestar declaración ante el Juez, en el plazo máximo de 72 horas, a contar desde la presentación de la denuncia.
La comparecencia ante el Juez es obligatoria, y el denunciante deberá concurrir personalmente, acompañado de su abogado o procurador. En caso de no comparecer, seguirá el procedimiento establecido para las denuncias anónimas.
La declaración ante el Juez es secreta y el denunciante podrá hacer uso de ella para exculparse de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del acto de tráfico denunciado.