requisitos delito de estafa

La estafa es un delito penal que consiste en el engaño intencional de otra persona, mediante el cual se logra obtener un beneficio ilícito para sí mismo o para un tercero. Se trata de un delito de dolo, es decir, que requiere la intención de engañar a la víctima para obtener un beneficio. Para que se configure el delito de estafa es necesario que concurran los siguientes requisitos:

  • Que exista un engaño por parte del estafador, es decir, que utilice una técnica de manipulación psicológica para inducir a error a la víctima.
  • Que el engaño sea the un fin lucrativo, es decir, que el estafador busque obtener un beneficio para sí mismo o para un tercero.
  • Que el engaño sea de tal naturaleza que pueda provocar un perjuicio a la víctima.
  • Que el perjuicio se produzca efectivamente.

En cuanto al primer requisito, el engaño, podemos decir que existen dos tipos de engaño: el engaño técnico y el engaño moral. El engaño técnico es aquel que se produce cuando el estafador utiliza una técnica de manipulación psicológica para inducir a error a la víctima. Por ejemplo, el estafador puede utilizar el expediente para convencer a la víctima de que efectivamente ha cometido un delito y, por tanto, debe pagar una multa. El engaño moral, por su parte, es aquel que se produce cuando el estafador utiliza el sentimiento de culpa de la víctima para obtener un beneficio. Por ejemplo, el estafador puede aprovecharse de la mala conciencia de la víctima para convencerla de que debe pagar una multa. En cuanto al segundo requisito, el fin lucrativo, podemos decir que el estafador busca obtener un beneficio para sí mismo o para un tercero. Por ejemplo, el estafador puede convencer a la víctima de que debe pagar una multa y, a cambio, le promete no denunciarla. En cuanto al tercer requisito, el perjuicio, podemos decir que el engaño debe ser de tal naturaleza que pueda provocar un perjuicio a la víctima. Por ejemplo, el estafador puede convencer a la víctima de que debe pagar una multa y, en consecuencia, la víctima pierde el dinero que le ha costado ganar. En cuanto al cuarto requisito, el perjuicio debe producirse efectivamente. Por ejemplo, el estafador puede convencer a la víctima de que debe pagar una multa y, en consecuencia, la víctima pierde el dinero que le ha costado ganar.

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