requisitos delito continuado de quebrantamiento de condena

Para que el delito de quebrantamiento de condena pueda ser considerado un delito continuado, debe cumplirse con ciertos requisitos. En primer lugar, el delito de quebrantamiento de condena debe haber sido cometido en el transcurso de un año a partir de la fecha en que el condenado fue puesto en libertad. En segundo lugar, el delito de quebrantamiento de condena debe haber sido cometido con el propósito de evitar la detección o la captura por otro delito. En tercer lugar, el delito de quebrantamiento de condena debe haber sido cometido después de que el condenado fue notificado de su condena. En cuarto lugar, el delito de quebrantamiento de condena debe haber sido cometido después de que el condenado fue notificado de su libertad condicional.

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