requisitos del regimen de comunidad de bienes muebles y gananciales

Los requisitos para que se pueda acoger a este régimen de comunidad de bienes muebles y gananciales son los siguientes:

1. Matrimonio

2. Unión de hecho

3. Sociedad conyugal

4. Parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad

5. Adopción

6. Acogimiento a un régimen de comunidad de bienes muebles y gananciales

7. Posesión de un bien mueble o inmueble en común

8. Declaración de bienes gananciales en el Registro Civil

9. Cese de la comunidad de bienes muebles y gananciales por divorcio, separación de hecho o fallecimiento de uno de los cónyuges o unidos de hecho.

Requisitos relacionados