Los requisitos para el derecho de acrecer son los siguientes:
- Tener una relación laboral válida y vigente con el empleador.
- Haber cotizado al menos un año en el sistema de seguridad social.
- No haber percibido el subsidio por desempleo en los últimos tres meses.
- No estar percebiendo otro subsidio por desempleo, incapacidad o maternidad/paternidad.
- No estar realizando estudios de formación.
- No haber cobrado la prestación por desempleo en los últimos cinco años.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, los requisitos son los siguientes:
- Estar afiliado al sistema de seguridad social.
- Haber cotizado al menos un año en el sistema de seguridad social.
- No estar realizando estudios de formación.
- No haber cobrado la prestación por desempleo en los últimos cinco años.