Para que se configure el delito de quebrantamiento de condena, se requieren los siguientes elementos:
- Que exista una condena firme. No basta con que el imputado haya sido condenado, sino que dicha condena debe estar firme, es decir, que no pueda ser modificada ni anulada.
- Que el condenado se haya fugado. Se entiende por fuga el hecho de que el condenado se aleje voluntariamente del lugar en el que debe permanecer, de forma que no pueda ser localizado por las autoridades.
- Que el condenado no cumpla con las obligaciones impuestas. El condenado debe incumplir las obligaciones que se le hayan impuesto, tales como la obligación de presentarse ante la autoridad o de cumplir una pena privativa de libertad.
Si se cumplen estos tres elementos, se configura el delito de quebrantamiento de condena y el condenado puede ser penalmente responsable.