La estafa es un delito de engaño, consistente en que una persona utiliza artimañas para obtener un beneficio ilícito para sí mismo o para causar un perjuicio a otra. Para que se configure el delito de estafa es necesario que concurran determinados requisitos:
En primer lugar, debe haber un engaño. Es decir, el estafador debe utilizar alguna artimaña para inducir a error a la víctima. El engaño puede ser verbal, escrito o también puede consistir en utilizar una simulación o una ocultación. Por ejemplo, el estafador puede prometer realizar una acción que no tiene intención de hacer, o bien ocultar una información relevante.
En segundo lugar, el engaño debe ser capaz de inducir a una persona a tomar una decisión que de otro modo no tomaría. Es decir, que el engaño sea determinante para que la víctima actúe de una determinada forma. Por ejemplo, el estafador puede convencer a la víctima de que compre un producto que en realidad no existe.
En tercer lugar, el delito de estafa requiere que el estafador tenga la intención de obtener un beneficio ilícito para sí mismo o para causar un perjuicio a otra persona. Es decir, que el estafador actúe con dolo. Por ejemplo, el estafador puede convencer a la víctima de que le transfiera una cantidad de dinero a cambio de un producto que en realidad no existe.
En cuarto lugar, el delito de estafa requiere que el estafador logre obtener el beneficio ilícito o causar el perjuicio. Es decir, que el estafador consiga el objetivo perseguido con el engaño. Por ejemplo, si el estafador convence a la víctima de que le transfiera una cantidad de dinero, y efectivamente consigue que la víctima le haga la transferencia, se habrá cometido el delito de estafa.