Un acto administrativo es un acto voluntario e intencional de la administración pública que produce efectos jurídicos y que se encuentra previsto y regulado por la ley.
Para que un acto administrativo sea válido debe cumplir los siguientes requisitos:
- Ser dictado por un órgano competente: es decir, que la persona que lo dicta tenga la potestad para hacerlo. Por ejemplo, un juez no puede dictar un acto administrativo.
- Motivación: el acto debe dictarse por una causa o motivo legítimo. La motivación debe constar en el expediente y debe ser suficiente y racional.
- Finalidad: el acto administrativo debe dictarse para el logro de una finalidad lícita. No puede dictarse para perjudicar a una persona.
- Forma: el acto administrativo debe dictarse en la forma prevista y regulada por la ley.
- Objeto: el acto administrativo debe referirse a un objeto determinado y lícito.
Si un acto administrativo no cumpliera con alguno de estos requisitos, sería ilegal y, por lo tanto, nulo. Los efectos jurídicos del acto administrativo nulo son los mismos que si el acto no se hubiera dictado.