La deducción por vivienda habitual es un beneficio tributario que se otorga a aquellas personas que destinan una parte de su renta a la adquisición o conservación de su vivienda habitual. Este beneficio se encuentra regulado en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).
Para poder beneficiarse de esta deducción, el contribuyente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
En cuanto a los gastos que se pueden deducir, estos deben ser aquellos realizados para la adquisición o conservación de la vivienda habitual y estar justificados mediante factura o documento equivalente. Los gastos que se pueden deducir son los siguientes:
La deducción se aplica sobre el importe neto de los gastos (es decir, los gastos deducibles menos los reembolsos percibidos), y el importe máximo deducible es de 9.015 euros por contribuyente y año. Esto significa que el contribuyente podrá deducir un máximo de 750 euros al año.