La deducción por ascendiente discapacitado se establece para que las personas que tengan un ascendiente directo (padre, madre o abuelo/a) con una discapacidad igual o superior al 33% puedan beneficiarse de una deducción en su declaración de la renta. Para poder hacer uso de esta deducción, el contribuyente deberá cumplir una serie de requisitos:
- Estar empadronado/a en España. Para poder hacer uso de la deducción, el contribuyente debe estar empadronado en España en el momento de realizar la declaración de la renta.
- No estar separado/a de hecho o legalmente. El contribuyente no puede estar separado de hecho o legalmente del ascendiente discapacitado para poder hacer uso de la deducción.
- No estar casado/a o unido/a por parejas de hecho. El contribuyente no puede estar casado o unido por parejas de hecho para poder hacer uso de la deducción.
- No ser el cónyuge del ascendiente discapacitado. El contribuyente no puede ser el cónyuge del ascendiente discapacitado para poder hacer uso de la deducción.
- Que el ascendiente discapacitado conviva con el contribuyente. El ascendiente discapacitado debe convivir con el contribuyente para poder hacer uso de la deducción.
- Que el ascendiente discapacitado tenga una discapacidad igual o superior al 33%. El ascendiente discapacitado debe tener una discapacidad igual o superior al 33% para poder hacer uso de la deducción.
- Que el ascendiente discapacitado no tenga ingresos superiores a 8.000 euros al año. El ascendiente discapacitado no puede tener ingresos superiores a 8.000 euros al año para poder hacer uso de la deducción.
La deducción por ascendiente discapacitado se aplica sobre el importe de la renta neta del contribuyente y es de hasta 1.200 euros anuales. Para poder hacer uso de esta deducción, el contribuyente deberá presentar la certificación emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que acredite que el ascendiente discapacitado cumple con los requisitos establecidos en la Ley. La deducción se aplicará de forma proporcional en función del grado de discapacidad del ascendiente discapacitado.