La Comunidad de Madrid permite a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal en la región una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el importe de los gastos de alquiler del inmueble que utilicen como vivienda habitual.
Para poder beneficiarse de esta deducción, el contribuyente deberá cumplir los siguientes requisitos:
La deducción se aplicará sobre el importe total de los gastos de alquiler, incluidos los gastos derivados del mismo, como pueden ser los gastos de comunidad, gastos de suministros, etc., siempre y cuando estén justificados mediante factura.
El importe de la deducción será el resultado de aplicar una cuota del 15% sobre el total de los gastos de alquiler. Es decir, si los gastos de alquiler son de 1.000 euros al año, la deducción que se podrá aplicar en la declaración de la renta será de 150 euros.
La deducción se podrá aplicar por cada unidad de vivienda que se alquila y en la que se cumplan los requisitos anteriormente mencionados.