Los contribuyentes que alquilan un inmueble estatal para uso personal podrán deducir hasta el 30% de los gastos de alquiler, con un límite máximo de 1.500 euros.
Para poder beneficiarse de esta deducción, el contribuyente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Que el inmueble esté destinado a uso habitual y permanente como vivienda.
- Que el inmueble se alquile directamente a un organismo público.
- Que el contribuyente no sea propietario de otro inmueble a su disposición en el mismo municipio en el que se encuentra el inmueble alquilado.
- Que el contribuyente no tenga derecho a percibir otro tipo de ayuda o subvención por el mismo concepto.
- Que se acredite que los gastos efectivamente pagados corresponden al período impositivo en el que se solicita la deducción.