En contratos mercantiles un pagaré es un documento por el cual se obliga a pagar una determinada cantidad de dinero a una persona o entidad, en un plazo y a una tasa de interés concretos. En este contrato de compraventa el vendedor se compromete a hacer entrega de una cantidad de dinero al comprador en un plazo establecido, y este último se obliga a pagar dicha cantidad. En la mayoría de los casos, el pagaré se garantiza mediante aval. Un aval es una garantía que ofrece una tercera persona a la entidad acreedora para asegurar el pago de la deuda en el caso de que el deudor no pueda hacerlo. En el pagaré se especifica la cantidad de dinero que se debe pagar, el plazo en el que se debe hacer y el interés que se debe abonar. El pagaré también puede estar garantizado por una hipoteca o un aval. Si el pagaré no está garantizado, se le llama pagaré en blanco. Si está garantizado, se le llama pagaré a la orden o pagaré endosable. En el pagaré en blanco, el deudor no indica el nombre del acreedor en el documento, mientras que en el pagaré a la orden o pagaré endosable, el deudor indica el nombre del acreedor en el documento. El pagaré se puede endosar un número ilimitado de veces, lo que significa que cualquier persona que lo posea puede demandar el pago del monto del pagaré. Sin embargo, el pagaré en blanco sólo se puede endosar una vez, lo que significa que sólo el acreedor puede demandar el pago.