requisitos de los formadores para impartir certificados de profesionalidad

Los formadores que impartan certificados de profesionalidad deberán cumplir con una serie de requisitos, establecidos en el Reglamento (UE) nº 1142/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2014, por el que se establecen los requisitos mínimos relativos a la formación y a la calificación de los formadores en el ámbito de la educación y formación profesionales (1).

En concreto, deberán cumplir los requisitos de formación, calificación y experiencia profesional que se especifican a continuación:

  • Formación: los formadores deberán disponer de un título de nivel universitario o una calificación equivalente y haber superado un curso de formación de formadores de una duración mínima de 60 horas, en el que se hayan abordado, al menos, los siguientes temas:
    • Métodos y técnicas de enseñanza y de aprendizaje;
    • Psicología del aprendizaje;
    • Planificación y evaluación de la formación;
    • Gestión de grupos;
    • Comunicación;
    • Tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) y su aplicación en el ámbito de la educación y formación profesionales.
  • Calificación: los formadores deberán disponer de un certificado que acredite que han superado una prueba de aptitud pedagógica, en la que se hayan abordado, al menos, los siguientes temas:
    • Métodos y técnicas de enseñanza y de aprendizaje;
    • Psicología del aprendizaje;
    • Planificación y evaluación de la formación;
    • Gestión de grupos;
    • Comunicación;
    • Tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) y su aplicación en el ámbito de la educación y formación profesionales.
  • Experiencia profesional: los formadores deberán disponer de una experiencia profesional de, al menos, tres años en el ámbito de la educación y formación profesionales, en uno o varios de los campos de actividad abarcados por el certificado de profesionalidad en cuestión.

(1) DO L 317 de 4.11.2014, p. 12.

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