Para acceder al Cuerpo Nacional de Policía se requiere:
- Ser español o nacional de un país de la Unión Europea.
- Tener entre 18 y 30 años.
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente.
- No haber sido separado del servicio activo de las Fuerzas Armadas o de los Cuerpos de Seguridad, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No haber sido condenado por sentencia firme a pena privativa de libertad cuya duración exceda de un año, ni hallarse en situación de reclusión, ni haber sufrido condena análoga que impida, conforme a la legislación vigente, el ingreso en la Policía Nacional.
- Estar en posesión del Permiso de Conducir B.
- No padecer enfermedad o deficiencia física ni psíquica que imposibilite el correcto cumplimiento de las funciones policiales.
- No haber sido sometido a intervención quirúrgica de reducción estética de nariz, orejas, cirugía de cambio de sexo, etc.
- No haber sufrido condena por delitos contra la administración pública, contra el orden público o contra la seguridad del Estado.
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria que implique suspensión de empleo o cargo público.
- No haber obtenido la condición de policía nacional mediante el sistema de libre designación previsto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- No haber estado dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en los últimos cinco años.
- Presentar un Certificado Médico Oficial en el que se acredite que no padece enfermedad o deficiencia física ni psíquica que imposibilite el correcto cumplimiento de las funciones policiales.
- Superar las Pruebas de Acceso que se determinen reglamentariamente.
Una vez superadas las pruebas de acceso, los aspirantes deberán someterse a un Examen Médico Oficial para acreditar su idoneidad física y psíquica para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.