requisitos convocatoria junta extraordinaria comunidad propietarios

Para que se pueda celebrar una junta extraordinaria de comunidad de propietarios, es necesario que se cumplan unos determinados requisitos, tanto en el contenido de la convocatoria, como en la forma en que se realiza. En este artículo, vamos a detallar los principales requisitos para que se pueda celebrar una junta extraordinaria de comunidad de propietarios.

Contenido de la convocatoria

En el contenido de la convocatoria, deberá especificarse el objeto de la reunión, para que los asistentes puedan estar informados de los temas que se van a tratar en la junta. También deberá indicarse la fecha, hora y lugar de celebración de la reunión, así como el orden del día.

Forma de realización de la convocatoria

La convocatoria de la junta extraordinaria de comunidad de propietarios deberá hacerse por escrito, y deberá remitirse a todos los propietarios con un antelación mínima de 10 días a la fecha de celebración de la reunión. En el caso de que la junta se celebre por videoconferencia o teleconferencia, la antelación mínima será de 5 días.

La convocatoria deberá ir dirigida a todos los propietarios, y deberá indicar el nombre y apellidos de cada uno de ellos. En el caso de que la convocatoria se haga por edictos, bastará con indicar el domicilio postal de cada propietario.

La convocatoria deberá ir firmada por el presidente de la comunidad de propietarios, o por el administrador de la finca, si la comunidad de propietarios lo ha designado para que lleve a cabo esta función.

Por último, es importante señalar que la convocatoria de la junta deberá hacerse por duplicado, para que quede una copia en poder del presidente o administrador de la finca, y otra copia en poder de la persona que se encargue de llevar el acta de la reunión.

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