El contrato de interinidad es un tipo de contrato laboral por el que se cubre un puesto de trabajo de forma temporal. Se usa cuando el trabajador ocupa el puesto de otro trabajador que está de baja, de vacaciones o en excedencia. El contrato de interinidad tiene una duración máxima de 18 meses y en algunos casos puede prorrogarse por otros 6 meses. requisitos contrato interinidad
Para poder contratar a un trabajador de forma interina, el empresario debe acreditar que ha realizado una exhaustiva búsqueda de personal idóneo para el puesto de trabajo de forma previa, tanto en el mercado laboral como en el seno de la propia empresa. Si no lo hace, el contrato de interinidad no será válido.
Otro de los requisitos contrato interinidad es que el puesto de trabajo que se va a cubrir sea de carácter temporal. Si el empresario necesita cubrir un puesto de forma indefinida, deberá contratar al trabajador mediante un contrato de trabajo por obra o servicio determinado o por tiempo indefinido.
En el contrato de interinidad deberá especificarse el puesto de trabajo que va a ocupar el trabajador, así como la duración del contrato, que como máximo podrá ser de 18 meses. Si el contrato se prorroga, la duración total, tanto del contrato original como de las prórrogas, no podrá superar los 24 meses.
En cuanto a las retribuciones, el trabajador interino tendrá derecho a percibir las mismas retribuciones que el trabajador fijo que ocupaba el puesto de trabajo de forma permanente, incluidos los complementos retributivos por trabajo en turnos, nocturnidad, festividad, peligrosidad, penosidad o destajo, entre otros.