Para constituir una asociación, según el Código Civil, se requiere que al menos siete personas se comprometan a cumplir los fines establecidos en los estatutos. No obstante, en la Práctica, se han dado asociaciones con menos de siete miembros. De todas formas, cuantos más socios haya, mejor será.
En cuanto a los fines de la asociación, deben ser lícitos. No pueden ser, por ejemplo, fomentar el delito. Tampoco pueden ser contrarios a las buenas costumbres o al orden público.
Por último, se debe tener en cuenta que la asociación no puede ser lucrativa. Es decir, no puede tener como objetivo obtener beneficios económicos. Sólo se permiten las retribuciones a los socios que presten servicios a la asociación de forma voluntaria.