Para cobrar la pensión de viudedad, el cónyuge viudo deberá reunir los siguientes requisitos:
El cónyuge viudo deberá solicitar la pensión de viudedad en el plazo de un año a partir del fallecimiento. Si el fallecimiento tuvo lugar antes del 1 de enero de 2015, el plazo será de dos años. Si el cónyuge viudo no percibe otra pensión, la pensión de viudedad será abonada a partir del día siguiente al del fallecimiento. Si el cónyuge viudo percibe otra pensión, la pensión de viudedad se abonará a partir del primer día del mes siguiente al del fallecimiento.