Para cobrar el ingreso mínimo vital (IMV), se deberá cumplir con una serie de requisitos y aportar una serie de documentos. En primer lugar, hay que ser residente en España y tener entre 25 y 65 años de edad. No obstante, estas edades no son requisito si el solicitante se encuentra en una situación de desempleo, enfermedad, maternidad, paternidad, adopción, cuidado de familiares o jubilación. Tampoco se exige estar empadronado, aunque sí es recomendable para facilitar el trámite. Asimismo, no se puede estar cobrando el ingreso mínimo vital por otros motivos, como por ejemplo, por tener una renta mínima, ser beneficiario del subsidio por desempleo o por tener una pensión. Por otro lado, no se podrá cobrar el IMV si la persona que lo solicita tiene activos por valor de más de 9.000 euros, aunque esto no se aplica si el activo es la vivienda habitual. Para demostrar que se cumplen estos requisitos, se deberán aportar una serie de documentos, como el DNI o el NIE, si se trata de un extranjero, o el pasaporte, en su defecto. También se deberá presentar un certificado de empadronamiento, aunque, como se ha dicho, no es obligatorio. Otros documentos que se tendrán que aportar son la declaración de la renta del año anterior, el certificado de registro de la vivienda en el catastro, el justificante de los ingresos percibidos en los últimos meses y, en su caso, el certificado de situación administrativa del vehículo. Todos estos documentos se podrán presentar de forma presencial en los puntos habilitados para ello o a través de internet. En el caso de hacerlo de forma presencial, se deberá acudir a la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) más cercana al domicilio y, en el caso de hacerlo por internet, se deberá acceder a la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI) y rellenar el formulario disponible. En ambos casos, se deberá adjuntar los documentos necesarios. Tras presentar la solicitud, se le asignará un número de referencia y se le notificará la fecha en la que deberá acudir a la entrevista personal. En esta entrevista, un funcionario del SRI comprobará el cumplimiento de los requisitos y, en su caso, la documentación aportada. Si todo está en orden, se le facilitará un número de cuenta en la que se le transferirá el importe correspondiente. El pago se realizará a partir del mes siguiente al de la solicitud y se realizará de forma mensual y automática. No obstante, si las circunstancias cambian, se deberá notificar al SRI para que se pueda modificar o suspender el pago. El importe del ingreso mínimo vital se determinará en función de la composición y las necesidades de la unidad familiar. Así, por ejemplo, una familia monoparental con un hijo menor de 14 años percibirá un importe de 554 euros mensuales. Por otro lado, si la familia está formada por dos adultos y dos hijos menores de 14 años, el importe mensual será de 1.043 euros. No obstante, este importe podrá ser inferior si la familia dispone de otros ingresos. Así, si la familia tiene otros ingresos por un importe superior a los 100 euros mensuales, el importe del ingreso mínimo vital se reducirá en un euro por cada cinco euros que excedan de esta cantidad. Por ejemplo, si la familia tiene otros ingresos por un importe mensual de 400 euros, el importe del ingreso mínimo vital se reducirá en 80 euros, de forma que el importe mensual que percibirá la familia será de 963 euros.