Para solicitar la ciudadanía española por matrimonio debes reunir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Estar casado con un ciudadano español o una ciudadana española, con matrimonio celebrado en España o en el extranjero, siempre y cuando el matrimonio sea válido en el país donde se haya celebrado y tenga efectos civiles en España.
- No haber sido separado judicialmente o divorciado del cónyuge español.
- No haber sido condenado por un delito doloso en España o en el extranjero, con pena de prisión superior a un año, siempre y cuando no haya transcurrido el tiempo de rehabilitación correspondiente.
- No estar separado de hecho del cónyuge español.
- Estar en posesión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero o del Documento Nacional de Identidad de Extranjero, en vigor.
- Haber residido legalmente en España durante cinco años seguidos, contados a partir de la fecha de matrimonio, salvo que el matrimonio haya sido celebrado con anterioridad a dicho plazo.
- No haber sido objeto de sanción por abandono del territorio nacional.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No padecer enfermedad mental o física que suponga un peligro para la salud pública.
- Estar en posesión del Certificado de Registro Civil de nacimiento, en vigor.
- Estar en posesión del Certificado de Registro Civil de matrimonio, en vigor.
- Estar en posesión del Certificado de Registro Civil de divorcio, en vigor, en su caso.
- Estar en posesión del Certificado de Registro Civil de defunción, en su caso.
- Tener un nivel de conocimiento suficiente de la lengua española.
- Superar el examen de la Constitución Española y de los fundamentos del derecho.
Para más información puedes consultar el Boletín Oficial del Estado.