La ciudadanía española se puede adquirir mediante el nacimiento o a través de la naturalización. En el primer caso, serán españoles los hijos de padre o madre españoles, independientemente de su lugar de nacimiento. Los hijos de padres extranjeros nacidos en España adquieren la nacionalidad española si al menos uno de ellos tiene la residencia legal en España con una antigüedad mínima de dos años. Los hijos de padres españoles nacidos en el extranjero conservarán la nacionalidad española si al menos uno de ellos tiene la residencia legal en España con una antigüedad mínima de cinco años. La naturalización es el proceso mediante el cual una persona adquiere la nacionalidad de un país en el que no nació ni tiene ascendencia. En España, los requisitos para solicitar la nacionalidad española son los siguientes:
La solicitud de nacionalidad española se realiza mediante el formulario Oficial de la solicitud de nacionalidad española, que se puede obtener en el Registro Civil, en la Oficina de Extranjería o en el Consulado General de España en Buenos Aires. El formulario debe ser presentado en el Registro Civil o en la Oficina de Extranjería correspondiente, junto con la documentación requerida. La tramitación de la solicitud de nacionalidad española tiene un costo de 56 euros. El plazo para resolver la solicitud de nacionalidad es de seis meses, a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Si la solicitud es denegada, el interesado puede presentar un recurso de reposición ante el Ministerio de Justicia en el plazo de un mes a partir de la notificación de la denegación.