requisitos cese actividad ordinario autonomos

Los requisitos cese actividad ordinario autonomos son los siguientes:

  • El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
  • La baja en el Registro Mercantil.
  • La baja en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • La baja en el Impuesto de Sociedades.
  • La baja en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
  • La baja en el Impuesto sobre el Patrimonio.
  • La baja en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • La baja en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Para realizar el cese actividad ordinario autonomos es necesario presentar la siguiente documentación:

  • La solicitud de cese de actividad en el modelo oficial disponible en la página web de la Seguridad Social.
  • La certificación del Registro Mercantil en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.
  • La certificación del Impuesto de Actividades Económicas en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.
  • La certificación del Impuesto de Sociedades en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.
  • La certificación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.
  • La certificación del Impuesto sobre el Patrimonio en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.
  • La certificación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.
  • La certificación del Impuesto sobre el Valor Añadido en la que se hace constar la baja de la inscripción del autónomo.

Una vez se hayan presentado todos los requisitos cese actividad ordinario autonomos, se procederá al cálculo de las prestaciones a percibir por el trabajador autónomo.

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