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El bono de alquiler para jóvenes de la Comunidad de Madrid se trata de una ayuda económica mensual a abonar directamente al arrendador por parte de la administración autonómica, con el objetivo de facilitar el acceso a una vivienda en alquiler a los jóvenes de entre 25 y 35 años que reúnan unos determinados requisitos.

Para poder solicitar el bono de alquiler, es necesario que los interesados cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 25 años y menor de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
  • No tener vivienda propia a su nombre ni en usufructo ni en arrendamiento, ni tampoco disponer de derecho de propiedad sobre una vivienda en cualquier lugar del territorio nacional, salvo en el caso de que dicha vivienda esté alquilada.
  • Estar en posesión de la nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea o de otro estado miembro del Espacio Económico Europeo, o ser ciudadano de la Unión que acredite tener una residencia permanente en España.
  • No haber percibido en los últimos tres años, ni estar en condiciones de percibir, prestaciones por desempleo o subsidio por cese de actividad por parte de la Seguridad Social.
  • Estar inscrito en el Registro de Demandantes de Empleo de la Comunidad de Madrid.
  • No haber sido beneficiario del programa de vivienda protegida de la Comunidad de Madrid.
  • No estar en usufructo de una vivienda de carácter social.
  • No estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Una vez que se cumplen todos estos requisitos, el siguiente paso será solicitar cita previa a través del teléfono 012 para acudir a la oficina de Registro y Atención al Ciudadano de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, donde se deberá presentar la documentación necesaria.

La documentación que se deberá aportar en el momento de solicitar la ayuda es:

  • DNI o pasaporte en vigor.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Contrato de arrendamiento en el que consten los datos identificativos del arrendador y del arrendatario, la dirección del inmueble, el importe del alquiler mensual y la duración del contrato.
  • Certificado de la oficina de registro de la propiedad en el que conste que el arrendador es el titular del derecho de propiedad del inmueble.
  • Última nómina, pensión o justificante de ingresos percibidos, en su caso.
  • Declaración del arrendador en la que se comprometa a no exigir al arrendatario el pago de comisiones por la concesión del contrato de arrendamiento, así como a aceptar el pago de la renta mensual a través de la administración autonómica.

El importe máximo de la ayuda mensual será el 60% del alquiler, con un límite de 700 euros, y se abonará directamente al arrendador por parte de la administración autonómica.

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