requisitos bonificación contrato discapacidad

Los requisitos para la bonificación en los contratos de trabajo de personas con discapacidad son los siguientes:

  • El trabajador debe tener una discapacidad reconocida oficialmente de al menos un 33%.
  • Debe estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • No puede estar en situación de alta o de percepción de prestación por desempleo.
  • No puede estar en situación de incapacidad permanente para el trabajo.
  • No puede estar en situación de jubilación.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por incapacidad temporal derivado de enfermedad común o accidente no laboral.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por maternidad o paternidad.
  • No puede ser beneficiario de la prestación por desempleo.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo de larga duración.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para mayores de 52 años.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para mayores de 45 años en el caso de mujeres víctimas de violencia de género.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para mayores de 55 años en el caso de trabajadores fijos discontinuos.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para trabajadores en situación de exclusión social.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para trabajadores en prácticas.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para trabajadores en formación.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para jóvenes menores de 30 años en el primer empleo.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para parados de larga duración.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para parados de larga duración mayores de 45 años.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para parados de larga duración mayores de 52 años.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para parados de larga duración de 55 años o más.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para jóvenes menores de 30 años en el primer empleo.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo para desempleados de larga duración.

Para acceder a la bonificación, el trabajador debe presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de bonificación en el contrato de trabajo de personas con discapacidad.
  • Certificado de discapacidad expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
  • Documentación acreditativa de la situación de demandante de empleo en el SEPE.

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