requisitos beneficio justicia gratuita

La justicia gratuita es un beneficio otorgado por el Estado a aquellas personas que no disponen de los recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos derivados de un proceso judicial. En España, el derecho a la justicia gratuita está regulado en el artículo 24 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección Jurídica del Menor, que señala que "toda persona menor de edad y, en general, toda aquella que acredite una situación económica desfavorable tendrá derecho a la asistencia gratuita de un Letrado de oficio y a la designación gratuita de un procurador".

Para poder acceder a este beneficio, los interesados deberán solicitarlo ante el Juez o Tribunal competente, presentando la documentación acreditativa de su situación económica. En concreto, según el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se regula el derecho a la asistencia letrada gratuita, los requisitos que deberán cumplir los solicitantes son los siguientes:

  • No disponer de recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos de la asistencia letrada.
  • No estar cubiertos por un seguro de asistencia jurídica.
  • No percibir una renta superior al salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en el momento de la solicitud.
  • No tener la condición de funcionario público, ni percibir una pensión por jubilación o invalidez.

Asimismo, cabe destacar que el beneficio de la justicia gratuita no es incompatible con el derecho a la asistencia letrada privada, es decir, que las personas que contraten los servicios de un abogado particular podrán seguir accediendo a este beneficio.

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