La ley de asilo en España se rige por la Ley de Extranjería, que fue aprobada en 1985. La ley de asilo se modificó en 2005 para adecuarla a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y al Reglamento (CE) nº 343/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de febrero de 2003, que establece normas comunes para el reconocimiento y la concesión de la protección internacional en los Estados miembros de la UE. En España, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es el organismo competente para tramitar las solicitudes de asilo.
Para solicitar el asilo político en España, el interesado debe dirigirse personalmente a la Oficina de Asuntos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación más cercana a su lugar de residencia. Si el solicitante no puede presentar su solicitud en persona, puede hacerlo a través de un representante acreditado o de la Oficina de Asuntos Consulares de España en el país de origen. Si el solicitante se encuentra en España de manera irregular, puede presentar su solicitud en cualquier Oficina de Correos.
La solicitud de asilo debe ir acompañada de la documentación acreditativa de la identidad y de la nacionalidad del solicitante, así como de cualquier otro documento que pueda ser útil para evaluar el caso. Si el solicitante no dispone de documentación, se le facilitará un certificado de identidad provisional. Una vez presentada la solicitud, se entrevistará al solicitante para evaluar su situación personal y, si procede, se le otorgará el asilo político.
El asilo político tiene carácter indefinido y concede el derecho a residir y trabajar en España. También se otorga el permiso de residencia y trabajo a los familiares del titular del asilo, siempre que acrediten su parentesco y se encuentren en España. Para solicitar el asilo, es necesario que el solicitante no tenga antecedentes penales y no represente una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.