requisitos arraigo social

Para acceder a la prestación económica por maternidad o paternidad es necesario que el solicitante tenga arraigo social en España.

Para ello, deberá acreditar que lleva residiendo en España de forma ininterrumpida durante los últimos cinco años, aunque no sea con carácter permanente. No obstante, se establecen una serie de excepciones a este requisito de antigüedad mínima de residencia en España, a saber:

  • Que el trabajador haya vivido en España durante al menos tres años en los últimos cinco años anteriores a la fecha de nacimiento o adopción del hijo, siempre y cuando acredite que lleva un año trabajando de forma ininterrumpida en el territorio nacional.
  • Que el trabajador haya vivido en España durante al menos tres años en los últimos cinco años anteriores a la fecha de nacimiento o adopción del hijo, siempre y cuando acredite que lleva un año trabajando de forma ininterrumpida en el territorio nacional.
  • Que el trabajador tenga la nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (Suiza, Islandia, Liechtenstein y Noruega), siempre y cuando acredite que lleva un año trabajando de forma ininterrumpida en el territorio nacional.
  • Que el trabajador sea nacional de un país tercero y cumpla los requisitos para residir y trabajar en España de acuerdo con la legislación vigente en materia de extranjería.

En cualquier caso, el solicitante deberá acreditar su arraigo social en España mediante la presentación del certificado de empadronamiento o, en su defecto, cualquier otro documento oficial que acredite la residencia en España.

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