Incapacidad permanente para el trabajo que diera lugar a una pensión de invalidez. La jubilación por invalidez se otorga a los afiliados que, a consecuencia de una enfermedad o de un accidente, se hayan vuelto inválidos para el trabajo que desempeñaban. Para otorgar el beneficio, se debe acreditar que la incapacidad es permanente e irreversible. En el caso de los afiliados que cobren una pensión de invalidez, y su estado de salud mejore, se les suspenderá el beneficio.