requisitos aplazamiento deuda tributaria

El requisito principal para aplazar la deuda tributaria es que se cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Asimismo, según el apartado 2 del mismo artículo, el aplazamiento de la deuda tributaria será otorgado por el tiempo y en las condiciones que determine la Administración Tributaria, atendiendo a las circunstancias concurrentes en cada caso. No obstante, el apartado 3 del artículo 20 establece que, en todo caso, el aplazamiento no podrá superar los cinco años. En cuanto a los requisitos específicos, el artículo 20 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, establece que el contribuyente deberá justificar que la situación de dificultad económica que se invoca como causa del aplazamiento se ha producido con posterioridad al lanzamiento de la liquidación.

Asimismo, deberá acreditar que dicha situación de dificultad económica persiste en el momento de solicitar el aplazamiento. A tales efectos, podrá aportar cualquier documento o justificante que acredite las circunstancias que se invocan, tales como, entre otros, los certificados expedidos por los órganos competentes de la administración pública, los extractos bancarios o los balances anuales.

Por último, cabe señalar que, de conformidad con el apartado 5 del artículo 20 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, la solicitud del aplazamiento deberá presentarse antes de que venza el plazo establecido para el pago de la deuda tributaria. No obstante, en el caso de que se hubiera interpuesto recurso contra la liquidación, el contribuyente podrá solicitar el aplazamiento en cualquier momento hasta que se dicte resolución firme.

Requisitos relacionados