La nacionalidad española se puede adquirir por residencia, conocimiento del idioma español, matrimonio con un ciudadano español o nacimiento en España. Se puede perder la nacionalidad española si se adquiere otra nacionalidad, se comete un delito grave o se renuncia voluntariamente a ella.
Para adquirir la nacionalidad española por residencia, el solicitante debe residir legalmente en España durante un mínimo de diez años, cinco de los cuales deben haber sido consecutivos. También debe tener un empleo remunerado, un seguro médico y un buen historial civil y penal.
El conocimiento del idioma español es un requisito para adquirir la nacionalidad española por residencia. Se debe demostrar el nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas mediante un examen de español o un certificado de nivel de español.
El matrimonio con un ciudadano español otorga el derecho a adquirir la nacionalidad española. El matrimonio debe ser válido y tener una duración mínima de tres años. Además, el cónyuge debe residir legalmente en España y tener un buen historial civil y penal.
Los hijos menores de edad de padres españoles nacidos fuera de España también pueden adquirir la nacionalidad española. Los hijos mayores de edad pueden adquirir la nacionalidad española si residen legalmente en España y demuestran el conocimiento del idioma español.
Los nacidos en España pueden adquirir la nacionalidad española si sus padres son españoles o si residen legalmente en España durante cinco años consecutivos. También deben tener un empleo remunerado, un seguro médico y un buen historial civil y penal.