La jurisprudencia sobre el acoso laboral se ha desarrollado a partir de una serie de casos en los que se ha establecido el concepto de acoso laboral y se ha fijado el alcance de la protección que ofrece la legislación. En la jurisprudencia se han establecido una serie de requisitos que deben cumplirse para que se pueda considerar que se ha cometido un acto de acoso laboral:
- La conducta debe tener un carácter repetitivo: No basta con que se produzca un solo episodio de acoso para que se pueda considerar que se ha cometido un acto de acoso laboral. La conducta debe tener un carácter repetitivo o, al menos, debe ser lo suficientemente grave para producir un efecto negativo en el trabajador.
- La conducta debe tener un carácter intimidatorio o humillante: La conducta que se considera acoso laboral debe tener un carácter intimidatorio o humillante. No basta con que la conducta sea molesta o incómoda, debe tener un carácter que pueda intimidar o humillar al trabajador.
- La conducta debe tener un carácter degradante: La conducta debe tener un carácter degradante para el trabajador. No basta con que la conducta sea molesta o incómoda, debe tener un carácter que pueda degradar al trabajador.
En la jurisprudencia se han establecido una serie de requisitos que deben cumplirse para que se pueda considerar que se ha cometido un acto de acoso laboral. Estos requisitos son:
- La conducta debe tener un carácter repetitivo: No basta con que se produzca un solo episodio de acoso para que se pueda considerar que se ha cometido un acto de acoso laboral. La conducta debe tener un carácter repetitivo o, al menos, debe ser lo suficientemente grave para producir un efecto negativo en el trabajador.
- La conducta debe tener un carácter intimidatorio o humillante: La conducta que se considera acoso laboral debe tener un carácter intimidatorio o humillante. No basta con que la conducta sea molesta o incómoda, debe tener un carácter que pueda intimidar o humillar al trabajador.
- La conducta debe tener un carácter degradante: La conducta debe tener un carácter degradante para el trabajador. No basta con que la conducta sea molesta o incómoda, debe tener un carácter que pueda degradar al trabajador.
La jurisprudencia sobre el acoso laboral se ha desarrollado a partir de una serie de casos en los que se ha establecido el concepto de acoso laboral y se ha fijado el alcance de la protección que ofrece la legislación. En la jurisprudencia se han establecido una serie de requisitos que deben cumplirse para que se pueda considerar que se ha cometido un acto de acoso laboral.