La Renta de Inclusión Social (RIS) es una prestación económica mensual, percibida por familias con un nivel de ingresos muy bajo y que cumplen una serie de requisitos. Su importe se calcula en función de la composición y el número de miembros de la unidad familiar. La prestación tiene un carácter no contributivo, es decir, no se requiere de cotizaciones previas ni de percibir una renta por trabajo. El pago de la RIS se realiza mediante transferencia bancaria.
Para tener derecho a percibir la Renta de Inclusión Social, las familias deben cumplir los siguientes requisitos:
- Residir en España de forma permanente. No obstante, se podrá acceder a la prestación por un período máximo de 3 meses si se acredita residencia legal en otro país de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o la Confederación Suiza.
- No superar unos determinados límites de renta y patrimonio que se establecen anualmente. En concreto, en 2019, el límite de renta mensual para una persona sola es de 231,67 euros.
- Tener la condición de demandante de empleo o estar en situación de discapacidad (con un grado de minusvalía igual o superior al 33%).
- No tener derecho a percibir otra prestación por desempleo, incapacidad permanente, jubilación o viudedad, entre otras.
- No percibir ingresos superiores a los establecidos por la normativa vigente. En concreto, en 2019, el límite de ingresos mensuales para una persona sola es de 1.007,14 euros.
- Cumplir con unas obligaciones de inserción social y laboral determinadas, como, por ejemplo, realizar una búsqueda activa de empleo y aceptar un trabajo en las condiciones que se le ofrezca.