Para contraer matrimonio, ambos contrayentes deben estar en pleno uso de sus derechos civiles y gozar de las facultades mentales necesarias para contraer matrimonio. Además, deberán cumplir con los requisitos establecidos por la ley, que son los siguientes:
a) Tener edad límite para contraer matrimonio: Hombres: 18 años Mujeres: 16 años
b) No hallarse en ninguno de los impedimentos del matrimonio que prohíbe la ley.
c) No estar impedido por parentesco consanguíneo o afín en línea recta o colateral hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
d) No hallarse casado ni haber contraído matrimonio, anulado o disuelto, según corresponda. Lo anterior, se acredita mediante certificado de matrimonio, sentencia ejecutoriada que declare la nulidad o sentencia ejecutoriada que declare la disolución, según corresponda, expedidos por el registro civil correspondiente.