La querella es una demanda penal que se interpone ante un juez para que se sancione a un presunto delincuente. La querella debe cumplir unos requisitos para que sea admitida a trámite:
- Debe ser interpuesta por la víctima del delito o, en su defecto, por sus herederos. También puede interponerla el Ministerio Público en algunos casos. No obstante, en la actualidad, existen determinados delitos en los que se permite que la querella la presente cualquier persona, aunque no sea la víctima directa del delito, siempre y cuando acredite un interés legítimo.
- La querella debe dirigirse contra una persona determinada, es decir, debe identificar al presunto delincuente.
- Debe indicar el delito que se imputa al presunto delincuente. No es necesario que la querella describa el delito en todos sus elementos constitutivos, pero sí debe especificar de qué delito se trata y, en su caso, cuáles son los agravantes que se le imputan al delincuente.
- Debe alegar las pruebas que se van a utilizar para acreditar los hechos. No es necesario que la querella aporte todas las pruebas que se van a utilizar en el juicio, pero sí debe indicar las principales.
- La querella debe ir acompañada de la documentación que acredite los hechos que se imputan al presunto delincuente. En algunos casos, también se debe aportar la documentación que acredite la identidad de la víctima y su domicilio.
- La querella debe firmarse por la víctima o, en su defecto, por sus herederos. En el caso de que la querella la presente el Ministerio Público, debe firmarla el fiscal que lleve la causa. Si la querella la presenta una persona que no sea la víctima directa del delito, debe firmarla el abogado que la represente.