querella calumniosa requisitos

La querella calumniosa es la acción penal que se interpone contra un tercero que haya cometido el delito de calumnia contra el querellante, es decir, contra la persona que ha sido víctima del delito.

Este tipo de acción penal se puede interponer por cualquier persona que considere que ha sido objeto de este delito, pero no es obligatoria. De hecho, en muchos casos, la víctima de un delito de calumnia puede preferir no interponer una querella calumniosa e iniciar una demanda civil en su lugar.

No obstante, en algunos casos, será necesario que la querella calumniosa sea interpuesta por la víctima, ya que el delito de calumnia sólo es perseguible a instancia de parte.

Aunque, en general, no es necesario que la víctima de un delito de calumnia sea una persona física, sí es necesario que el querellante sea la persona contra quien se ha cometido el delito, ya que de lo contrario no podrá interponer la querella.

Para que la querella calumniosa pueda prosperar, es necesario que se acredite el delito de calumnia. Este delito se cometió cuando se imputa a alguien un hecho delictivo de forma falsa, maliciosa y sin pruebas.

La calumnia puede ser verbal o escrita. En el primer caso, se trata del delito de difamación, mientras que en el segundo caso, se trata del delito de injuria.

Para que la querella calumniosa pueda prosperar, es necesario que se acredite el delito de calumnia. Este delito se cometió cuando se imputa a alguien un hecho delictivo de forma falsa, maliciosa y sin pruebas.

La calumnia puede ser verbal o escrita. En el primer caso, se trata del delito de difamación, mientras que en el segundo caso, se trata del delito de injuria.

No obstante, en algunos casos, será necesario que la querella calumniosa sea interpuesta por la víctima, ya que el delito de calumnia sólo es perseguible a instancia de parte.

Aunque, en general, no es necesario que la víctima de un delito de calumnia sea una persona física, sí es necesario que el querellante sea la persona contra quien se ha cometido el delito, ya que de lo contrario no podrá interponer la querella.

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