permiso de residencia por arraigo social requisitos

Para solicitar el permiso de residencia por arraigo social se deben cumplir una serie de requisitos:

  • Estar empadronado en España con una antigüedad mínima de cinco años.
  • No haber estado ausente del territorio nacional durante más de seis meses en el último año.
  • Contar con un contrato de trabajo en vigor con una duración mínima de un año, o ser autónomo.
  • Tener unos ingresos mensuales suficientes para cubrir las necesidades básicas de la unidad familiar y las de su propia manutención.
  • No haber sido condenado por un delito cometido en España o en el extranjero que suponga una pena privativa de libertad de tres años o más.
  • No figurar en el Registro Central de Extranjeros como rechazado en frontera, salvo que ya se haya superado dicha situación.

Una vez cumplidos estos requisitos, se deberá solicitar cita previa en el Servicio de Extranjería correspondiente y acudir a la misma con los siguientes documentos:

  • Solicitud del permiso de residencia (EX-01).
  • Pasaporte o documento de viaje válido.
  • Documentación acreditativa de las circunstancias que se aleguen en la solicitud.
  • Certificado literal de nacimiento.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Certificado de registro como demandante de empleo en el caso de estar en situación de desempleo.
  • Documentación acreditativa de los ingresos mensuales percibidos.
  • Documentación acreditativa de las circunstancias familiares en las que se encuentre el solicitante.
  • Documentación acreditativa de que no se encuentra en ninguna de las situaciones que impidan la concesión del permiso de residencia.

Una vez presentada la solicitud, se deberá esperar a que el Servicio de Extranjería conceda el permiso de residencia, que será válido por un año y podrá ser renovado indefinidamente siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.

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