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La pensión de viudedad de la Seguridad Social es una prestación económica mensual a percibir por una persona viuda, con determinados requisitos, que hubiera estado inscrita en la Seguridad Social como cotizante por su condición de ama de casa.

Para percibir esta pensión, la persona viuda debe reunir los siguientes requisitos:

- Tener 60 años de edad, salvo que tenga hijos menores de edad a su cargo, en cuyo caso la edad mínima requerida será de 55 años.

- No estar en uso de una pensión de jubilación.

- No tener ingresos propios suficientes que le permitan obtener una renta mensual igual o superior al 60% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

- Haber cotizado como ama de casa durante al menos 25 años.

En el caso de que la persona viuda cumpla los requisitos señalados, la pensión mensual a percibir será el 60% de la base reguladora de la pensión de jubilación que hubiera percibido el fallecido, con un mínimo de 844,60 euros y un máximo de 1.330,60 euros.

Si la persona viuda tiene hijos menores de edad a su cargo, la pensión mensual será el 60% de la base reguladora de la pensión de jubilación que hubiera percibido el fallecido, con un mínimo de 937,60 euros y un máximo de 1.330,60 euros.

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