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Parejas de hecho y viudedad: ¿qué requisitos se deben cumplir?

Desde hace unos años, en España se reconocen los derechos de las parejas de hecho a la hora de hacer frente a determinadas situaciones. En concreto, cuando uno de los miembros de la pareja fallece, el otro tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad, siempre y cuando cumpla unos requisitos previamente establecidos. En este artículo vamos a repasar qué requisitos se deben cumplir para cobrar la pensión de viudedad en el caso de que seas pareja de hecho.

En primer lugar, es importante tener en cuenta que los derechos de las parejas de hecho no son exactamente iguales a los derechos de las parejas casadas. Aunque en ambos casos se reconoce el derecho a cobrar la pensión de viudedad, en el caso de las parejas de hecho este derecho no es automático. Es decir, no basta con demostrar que has vivido en pareja durante un determinado tiempo; tendrás que demostrar que cumples unos requisitos específicos.

En concreto, para cobrar la pensión de viudedad como pareja de hecho, deberás cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Que hayas vivido en pareja durante al menos cinco años ininterrumpidamente.
  • Que tengas un hijo en común con la persona fallecida.
  • Que hubiera sido tu pareja de hecho la que estuviera cobrando una pensión por jubilación o invalidez, y que tú no tengas derecho a ninguna otra pensión por jubilación o invalidez. En este caso, tendrás derecho a cobrar una pensión por viudedad del 60% de la pensión que tu pareja de hecho venía cobrando.

Por otro lado, es importante tener en cuenta que para cobrar la pensión de viudedad como pareja de hecho no será necesario que estés inscrito en el Registro de Parejas de Hecho. No obstante, si quieres acreditar tu relación de pareja de hecho frente a la administración, sí que será necesario que estés inscrito en dicho registro.

En cualquier caso, para solicitar la pensión de viudedad como pareja de hecho deberás dirigirte a la Oficina de Seguridad Social más cercana a tu domicilio. Allí tendrás que presentar una serie de documentos, como el certificado de defunción, el certificado de matrimonio (en el caso de que tu pareja hubiera estado casada anteriormente) o el acta de nacimiento (en el caso de que tuvierais hijos en común).

En resumen, si eres pareja de hecho y tu pareja ha fallecido, tendrás derecho a cobrar la pensión de viudedad siempre y cuando cumplas uno de los requisitos establecidos por la ley. Para solicitar la pensión de viudedad, deberás dirigirte a la Oficina de Seguridad Social más cercana a tu domicilio, donde tendrás que presentar una serie de documentos.

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