La pareja de hecho es una figura jurídica que se encuentra regulada en la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, de Régimen Jurídico del Matrimonio y de la Pareja de Hecho. Se trata de una institución civil que tiene por objeto regular la convivencia de dos personas, hombre o mujer, que conviven voluntariamente y de forma estable sin estar unidos por vínculo matrimonial. Para acceder a la pareja de hecho es necesario cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
La pareja de hecho tiene derecho a contratar una póliza de seguros de vida en la que se establezca que, en caso de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, el otro percibirá una renta vitalicia. También tiene derecho a contratar un seguro de salud en el que se establezca que, en caso de enfermedad o accidente, la pareja tendrá derecho a recibir una prestación económica.
La pareja de hecho tiene derecho a solicitar la ayuda económica de la Administración Pública en los mismos supuestos que las parejas casadas. Asimismo, tienen derecho a solicitar la pensión de viudedad en los mismos supuestos que las viudas casadas. La pareja de hecho también tiene derecho a solicitar la ayuda económica de la Administración Pública en los mismos supuestos que las parejas casadas.