La pareja de hecho es una institución reconocida legalmente en España desde el año 2005, aunque su origen se remonta a la década de los 80, cuando empezaron a surgir las primeras asociaciones de defensa de los derechos de las personas que vivían en unione de hecho. A día de hoy, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en España hay 478.265 parejas de hecho, lo que representa el 4,3% de todas las familias.
Pese a que en un primer momento se pensó que las parejas de hecho eran aquellas que vivían en unione de hecho, no es así. Las parejas de hecho son aquellas que, aunque no estén casadas, viven juntas de forma estable y continua y sin ningún impedimento legal para contraer matrimonio. Es decir, que no pueden estar casadas ni tampoco emparentadas entre sí.
En la actualidad, España reconoce tres tipos de parejas de hecho:
Para formar parte de una pareja de hecho en España no es necesario contratar ningún tipo de documento, aunque sí es recomendable hacerlo. De esta forma, se evitarán problemas a la hora de acreditar la convivencia y se facilitará el acceso a determinados beneficios y prestaciones sociales.
Para formar una pareja de hecho en España, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
Una vez cumplidos estos requisitos, la pareja de hecho está legalmente reconocida y tiene derecho a disfrutar de los mismos derechos que un matrimonio. No obstante, es importante tener en cuenta que, a diferencia del matrimonio, la pareja de hecho no es una institución permanente. Es decir, si una de las dos personas decide poner fin a la relación, no será necesario acudir a un juzgado para dissolver la pareja de hecho.