Para poder acogerse a la pareja de hecho en Madrid, se deben cumplir unos requisitos que son los siguientes:
- Estar empadronados en la misma vivienda de Madrid desde hace al menos 3 meses.
- No estar casados ni en una relación de unión civil con otra persona.
- Compartir vida en pareja, aunque no sea necesario que convivan en la misma vivienda.
- Tener 18 años o más, o estar emancipados.
Una vez que se cumplen estos requisitos, se puede solicitar el certificado de pareja de hecho en el Registro Civil. Para ello, se debe presentar la siguiente documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada por ambos miembros de la pareja.
- Documento nacional de identidad o pasaporte vigente de ambos miembros de la pareja.
- Certificado de empadronamiento actual de ambos miembros de la pareja.
Una vez que se haya obtenido el certificado de pareja de hecho, se podrán disfrutar de los beneficios que otorga este estatus, que son los siguientes:
- Acceso a la seguridad social de la pareja.
- Reconocimiento de la paternidad/maternidad de la pareja.
- Protección en caso de fallecimiento de la pareja.
- Acceso a la pensión de viudedad en caso de fallecimiento de la pareja.