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La pareja de hecho tiene derecho a inscribir su relación en el Registro de Parejas de Hecho de Madrid, lo que les otorga derechos y obligaciones en materia económica, social y jurídica. La inscripción se realiza mediante una solicitud dirigida al Registro Civil, en la que deben figurar los datos identificativos de los interesados, así como el acta de constitución de la pareja de hecho.

Los derechos que concede la inscripción son:

  • Derecho a la seguridad social (prestaciones por enfermedad, maternidad, paternidad, vejez, invalidez o fallecimiento).
  • Derecho al subsidio de desempleo.
  • Derecho a la ayuda por hijo a cargo.
  • Derecho a percepción de rentas vitalicias, en su caso.
  • Derecho a la pensión de viudedad, en su caso.
  • Derecho al impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su caso.
  • Derecho a cotizar a la Seguridad Social en las mismas condiciones que las parejas casadas.
  • Derecho a solicitar la protección por violencia de género.
  • Derecho a solicitar la asignación del domicilio familiar, en su caso.
  • Derecho a solicitar la custodia compartida de los hijos menores.
  • Derecho a solicitar el derecho de visitas a los hijos menores, en su caso.
  • Derecho a solicitar la pensión de alimentos a favor de los hijos menores, en su caso.
  • Derecho a solicitar el derecho de sucesión, en su caso.

La pareja de hecho también tiene derecho a solicitar la asistencia jurídica gratuita y a contar con un abogado de oficio en los procedimientos judiciales en los que figure como parte.

La pareja de hecho tiene derecho a solicitar la protección por violencia de género si uno de los miembros de la pareja es víctima de violencia doméstica. En este caso, la pareja de hecho tiene derecho a solicitar la asignación del domicilio familiar, así como a solicitar la custodia compartida de los hijos menores o el derecho de visitas, en su caso.

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