Para poder acceder a los beneficios de la pareja de hecho en Andalucía, se deben cumplir unos requisitos establecidos. En primer lugar, ambos miembros de la pareja deben ser mayores de edad y residir en Andalucía de forma habitual y permanente. Además, la pareja debe estar en una relación de afectividad y convivencia estable de manera ininterrumpida desde hace, al menos, un año. Asimismo, la pareja debe acreditar su convivencia mediante una declaración responsable que podrá obtener en el Registro Civil. También se debe acreditar que la pareja no está emparentada ni casada. Por último, se debe presentar un certificado de empadronamiento en el que figuren los dos miembros de la pareja.