Los requisitos para acceder al padrón son:
-Estar inscrito en el censo electoral de la localidad.
-No tener ninguna sentencia firme de condena por delitos cometidos con violencia o intimidación contra las personas que suponga la pérdida de los derechos fundamentales de libertad o seguridad.
-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Fuerzas Armadas, de la Guardia Civil o de la Policía Nacional, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de cualquier clase de derechos.
-No padecer enfermedad mental que determine inhabilitación para el ejercicio de los derechos fundamentales de la persona, según certificación expedida por el órgano competente de la Administración sanitaria.
-Estar en posesión del título de graduado escolar, de certificado de escolaridad o de equivalente.