La nacionalidad española por opción se adquiere mediante el registro civil en Madrid. El requisito principal es tener la nacionalidad de un país de la Unión Europea, Andorra, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Montenegro, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, San Marino, Serbia, Uruguay o Venezuela. Se debe residir legalmente en España durante dos años seguidos, y no estar separado legalmente de un cónyuge español. Además, se debe renunciar a la nacionalidad anterior.