nacionalidad española por residencia silencio administrativo

La nacionalidad española por residencia, también conocida como "nacionalidad por silencio administrativo", es una forma de adquirir la nacionalidad española sin tener que realizar ningún trámite o examen. Se trata de una forma "automática" de adquirir la nacionalidad, siempre y cuando se cumplan unos requisitos mínimos.

Para poder adquirir la nacionalidad española por residencia silencio administrativo, es necesario que el interesado cumpla los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad (18 años).
  • Residir legalmente en España durante un mínimo de diez años.
  • No haber sido condenado por un delito grave o de odio en España o en el extranjero.
  • No estar separado legalmente de la nacionalidad española.
  • Estar inscrito en el Registro Civil español.

Una vez que se cumplen estos requisitos, el interesado debe presentar una solicitud de nacionalidad española por residencia silencio administrativo ante el Registro Civil. No es necesario que el solicitante sea residente en España en el momento de presentar la solicitud, pero debe aportar un certificado de residencia en el que figuren los diez años de residencia legal en España.

La nacionalidad española por residencia silencio administrativo se otorga "por silencio administrativo positivo", es decir, si el Registro Civil no se pronuncia en un plazo de un año desde que se presentó la solicitud, se entiende que la nacionalidad española ha sido concedida.

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