nacionalidad española por residencia marroquies

Los españoles residentes en Marruecos pueden adquirir la nacionalidad española por residencia, de acuerdo con la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Según el artículo 23 de la Ley, los españoles residentes en Marruecos que cumplan los requisitos establecidos en la Ley podrán solicitar la nacionalidad española por residencia.

Para solicitar la nacionalidad española por residencia, los interesados deberán presentar la solicitud en el Registro Civil de las oficinas consulares españolas en Marruecos, acompañada de los documentos que se indican a continuación:

  • Solicitud en la que se hará constar el nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad o nacionalidades, domicilio y número de teléfono del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la residencia legal en Marruecos.
  • Documentación acreditativa de la identidad y nacionalidad del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la inscripción en el Padrón Municipal de España en Marruecos.
  • Documentación acreditativa de no haber sido separado del servicio militar por un tribunal martial.
  • Documentación acreditativa de no haber sido condenado por un delito doloso a pena privativa de libertad de tres años o más, ni hallarse en prisión, ni en libertad condicional, ni en libertad vigilada por un delito doloso.
  • Documentación acreditativa de no haber sido condenado por un delito contra la seguridad del Estado, ni hallarse sometido a un procedimiento penal por dicho delito.
  • Documentación acreditativa de no haber sido condenado, ni hallarse sometido a un procedimiento penal, por un delito contra la integridad territorial del Estado o contra el orden público.
  • Documentación acreditativa de no hallarse sometido a un procedimiento penal por un delito de tortura o de terrorismo.
  • Documentación acreditativa de poseer los requisitos exigidos para el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas en España.
  • Documentación acreditativa de no haber sido expulsado de España ni de ningún otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades competentes de Marruecos, si el solicitante ha sido condenado por un delito en Marruecos.
  • Documentación acreditativa de tener una renta mínima suficiente para el mantenimiento y el sustento del solicitante y de su familia en España.
  • Documentación acreditativa de poseer los requisitos exigidos para el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas en España.

Asimismo, según el artículo 24 de la Ley, los españoles que hayan adquirido la nacionalidad española por residencia en Marruecos podrán optar por conservar la nacionalidad marroquí. Deberán dirigir su solicitud a las autoridades competentes de Marruecos, acompañada de los documentos que se indican a continuación:

  • Solicitud en la que se hará constar el nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad o nacionalidades, domicilio y número de teléfono del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la identidad y nacionalidad del solicitante.
  • Documentación acreditativa de haber adquirido la nacionalidad española por residencia.
  • Documentación acreditativa de poseer los requisitos exigidos para el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas en Marruecos.
  • Documentación acreditativa de no haber sido condenado por un delito doloso en Marruecos.
  • Documentación acreditativa de no estar sometido a un procedimiento penal por un delito doloso en Marruecos.

Requisitos relacionados