Para adquirir la nacionalidad española por origen, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Ser hijo o hija de padre o madre nacionales españoles. Esto es, que al menos uno de sus progenitores tenga la nacionalidad española en el momento del nacimiento del interesado.
- No haber perdido la nacionalidad española. Es decir, que no se haya adquirido voluntariamente otra nacionalidad. Excepcionalmente, se puede recuperar la nacionalidad española si se demuestra que se perdió contra la voluntad del interesado.
- Residir legalmente en España. Se considera que se reside legalmente en España si se está empadronado o se tiene una tarjeta de residencia en vigor. No se requiere residencia continua en España, pero sí que se acredite que se tiene intención de residir en el país.
- Tener la mayoría de edad (18 años) y no estar incapacitado judicialmente.
- No tener antecedentes penales que impidan la entrada y permanencia en España.
- Aprobar un examen de conocimientos constitucionales y de sociedad.
- No tener deudas pendientes con las Administraciones Públicas.
En algunos casos especiales, se puede obtener la nacionalidad española por origen sin tener que cumplir todos los requisitos anteriores. Estos casos especiales son los siguientes:
- Si se nació en España y se estuvo empadronado hasta los 14 años.
- Si se nació en España, se estuvo empadronado hasta los 18 años y se realizó la mayor parte de la educación primaria y secundaria en centros educativos españoles.
- Si se nació en España, se estuvo empadronado hasta los 18 años y se tiene una certificación de nivel B1 en lengua española.
- Si se nació fuera de España, pero se estuvo empadronado en España durante toda la minoría de edad y se realizó la mayor parte de la educación primaria y secundaria en centros educativos españoles.
Para solicitar la nacionalidad española por origen, debe presentar una solicitud en el Registro Civil o en cualquier oficina de extranjería. En la solicitud deberá indicar su nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, así como los datos de sus padres. También deberá adjuntar una fotocopia del DNI o del pasaporte, así como un certificado de nacimiento original o una copia autorizada. Si se solicita la nacionalidad española para un hijo menor de edad, también deberá adjuntar una fotocopia del DNI o del pasaporte de los padres, así como un certificado de matrimonio original o una copia autorizada.
Una vez presentada la solicitud, se le notificará la fecha en la que deberá comparecer ante el Juez o el Secretario Judicial. En esta comparecencia, deberá jurar o prometer la Constitución española y, si es menor de edad, sus padres o tutores deberán hacer lo mismo. Si todo va bien, se le otorgará la nacionalidad española y se le entregará un certificado de nacionalidad.