nacionalidad española por matrimonio sede electronica

La nacionalidad española por matrimonio se puede solicitar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores. Para ello, es necesario que el cónyuge extranjero de nacionalidad española cumpla los siguientes requisitos:

  • Estar casado con un ciudadano español.
  • Residir legalmente en España.
  • No haber sido separado legalmente o divorciado del ciudadano español con el que se ha contraído matrimonio.
  • No haber perdido la nacionalidad española por matrimonio.

Una vez que se cumplen los requisitos anteriores, el cónyuge extranjero deberá presentar la solicitud de nacionalidad española por matrimonio a través de la Sede Electrónica, adjuntando los siguientes documentos:

  • Solicitud de nacionalidad española por matrimonio (Modelo M760).
  • Documentación acreditativa del matrimonio (acta de matrimonio o certificado de matrimonio).
  • Documentación acreditativa de la residencia legal en España.
  • Documentación acreditativa de la identidad y nacionalidad.
  • Documentación acreditativa de no haber sido separado legalmente o divorciado (si procede).
  • Documentación acreditativa de no haber perdido la nacionalidad española por matrimonio (si procede).

Una vez presentada la solicitud, el cónyuge extranjero deberá acreditar el conocimiento de la lengua española y de la Constitución española y del resto del ordenamiento jurídico. Para ello, deberá superar el Examen de Constitución y Sociedad Españolas y de la Historia de España (ECSE).

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